lunes, 27 de junio de 2016

IDENTIFICAR LA VOLUNTAD, OBJETO POSIBLE, FÍSICA Y JURÍDICAMENTE Y LA SOLEMNIDAD EN UN HECHO Y ACTO JURIDICO, USANDO COMO EJEMPLOS HECHOS DE LA VIDA DIARIA PUBLICADAS EN PERDIODICOS DIGITALES.

S6. Actividad 2. Fondo y forma
                Caso 1.-  Es un hecho jurídico
Voluntad; es involuntario, no existe la intención de realizarlo, pero resulta en consecuencias jurídicas
Objeto posible, física y jurídicamente; Cumple con este criterio del acto jurídico, existe cuando un vehículo se impactó contra un barandal propiedad del municipio, localizado en Calle Marcelino Juárez de Hidalgo del Parral, Chin. y produce daños materiales, que requieren una reparación económica del daño.
Solemnidad; Posterior a un llamado al sistema 066, acuden elementos de tránsito y levantan un parte, donde mencionan que el conductor iba a exceso de velocidad y perdió el control e impacto al barandal.

Organización Editorial Mexicana. (26 de Junio de 2016). Vehículo impacta contra una malla ciclónica en la calle Marcelino Juarez. El Sol de Parral, pág. s/n. Recuperado el 26 de Junio de 2016, de http://www.oem.com.mx/elsoldeparral/notas/n4210119.htm#

                Caso 2.- Es un hecho jurídico
Voluntad; Es involuntario, no existe la intención de realizarlo, pero resulta en consecuencias jurídicas.
Objeto posible, física y jurídicamente; Similar al anterior, un ciclista omite un alto vial y se impacta contra un vehículo, ocasionándole daños, en la calle Venezuela de esta ciudad, repercute en la reparación del daño.
Solemnidad; Acuden elementos de tránsito para realizar un peritaje del accidente, con responsabilidad para el ciclista que tendrá que cubrir el daño ocasionado.

Organizacion Editorial Méxicana. (26 de Junio de 2016). Ciclista omite alto y choca contra automovil. El Sol de Parral, pág. s/n. Obtenido de http://www.oem.com.mx/elsoldeparral/notas/n4209427.htm

                Caso 3.- Es un acto jurídico
Voluntad; Es voluntario y con intensión de realizarlo, si no premeditado si en el momento.
Objeto posible, física y jurídicamente; Se trata del robo inicialmente de 200 pesos de un cobro legal de 58 pesos, un taxista huye con el dinero, por no traer cambio y en la cajuela lleva 12 pinturas en rollo, si sabía o no de esto ya existe un delito, pero el taxista debió abrir la cajuela para depositar las pinturas, y sabía que estaban aún en la cajuela del vehículo, esto en la cd. de México, si estaban o no aseguradas es otra cosa, existen 2 hechos jurídicos, los 200 pesos y las pinturas.
Solemnidad; Se levantó una carpeta de investigación con las autoridades correspondientes, se procedió a la declaración de la persona afectada y no sé por qué se tiene que esperar 5 días para la ratificación del robo… es un hecho jurídico y se tiene que actuar de acuerdo a ello. Ya aprenderemos estas situaciones especiales.

Paramo, A. (26 de junio de 2016). Lienzos de Robaina carecian se seguro, taxista robo 12 pinturas. Excelsior, pág. s/n. Recuperado el 2016 de Junio de 2016, de http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2016/06/26/1101150

                Caso 4.- Es un acto jurídico
Voluntad; Es voluntario y con la intensión de realizarlo.
Objeto posible, física y jurídicamente; Por medio del sistema de video vigilancia en el D.F. se observa la realización del acto, que es un robo a una mujer por un individuo que le arrebata su bolsa, el cual es detenido momento después, gracias a este sistema de video-vigilancia
Solemnidad; Con la ayuda del sistema de video-vigilancia se percatan del hurto de la bolsa, se da aviso al personal cercano y se logra la detención del asaltante más adelante, es remitido al ministerio público, se regresa las pertenencias a la afectada y se levanta la averiguación previa.

La Redacción/ MCA. (26 de junio de 2016). VIDEO: Delicuente roba blsa a mujer y huye en bici. EXCELSIOR, pág. S/N. Recuperado el 26 de junio de 2016, de http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2016/06/25/1101070#view-1

VOLUNTAD;
                La definición de voluntad; “Es la facultad del alma que lleva a obrar o abstenerse” “Libre albedrio”
                En el derecho es la voluntad de realizar cualquier acto jurídico con libertad y bajo ninguna presión, sea este licito o ilícito.

OBJETO POSIBLE, FÍSICA Y JURÍDICAMENTE;
                Se podría entender como aquellas personas, cosas y acciones en toda su complejidad que constituyen el objeto del derecho o de las relaciones jurídicas.

SOLEMNIDAD;
                Se deben cumplir con aquellos requisitos exigidos legalmente para que determinados actos o hechos jurídicos tengan validez y sean eficaces, hay que cumplir con los protocolos que se marcan para evitar que los delincuentes salgan libres o eviten la responsabilidad de las consecuencias jurídicas.


Fernando Mora

miércoles, 15 de junio de 2016

DERECHO POSITIVO - DERECHO NATURAL


DERECHO POSITIVO (DP) Y EL DERECHO NATURAL (DN).

               Podríamos decir que la principal diferencia entre derecho positivo y derecho natural es su carácter de origen, Ya que el DN hace referencia a la naturaleza humana (Natural) y el DP se basa en las reglas de conducta principalmente, otra diferencia seria el DN será siempre JUSTO, mientras que el DP, no lo diferencia es tanto JUSTO como NO JUSTO.  El DN se fortalece en los Derechos Humanos y el artículo 1° de la CPEUM, y menciona prohibiciones, mientras que el DP, son todas aquellas Leyes vigentes y derogadas del derecho y marca en muchos casos derechos y obligaciones.
Fernando Mora

lunes, 13 de junio de 2016

Proceso Legislativo


Proceso Legislativo;
                Es interesante el mecanismo y protocolo que se llevan a cabo durante el proceso legislativo para formalizar una norma, los pasos que se tienen que llevar durante el proceso de la revisión de los proyectos de una norma, la fase iniciativa cuando se recibe, la fase de discusión y aprobación, que es la más ríspida y difícil, ya que finaliza en la votación del proyecto de norma, y por último la fase integradora de la eficacia, siendo las dos primeras a nivel tanto de la cama de diputados como de senadores, y la última ya con el legislativo,  se mencionan las diferentes fases como serian  desde que se envía a la cámara de diputados o senadores, hasta los individuos o equipos que la recibirán (comisiones de revisión), analizaran, maquillaran y por ultimo votaran para estar en lo más posible de acuerdo en la misma y en el caso de alguna inconformidad repetir el proceso para mejorarla, si están de acuerdo por medio de una votación mandarla al ejecutivo para su promulgación y si no es así, de nuevo mandarla la comisión de origen para su revisión y posterior promulgación si es así aceptada.
                Toda esta serie de procesos tienen la finalidad de diagnosticas las carencias de las normas, para mejorar su eficiencia y efectividad en la aplicación de las normas.


Fernando Mora

miércoles, 1 de junio de 2016

Normas



El conocimiento de las normas, en forma indistinta, sean Morales, Sociales, Religiosas y Jurídicas, nos permite mejorar nuestra relación en sociedad, el ser humano es un ente social, permite desenvolvernos en todos los ámbitos, laborales, de pareja, educativas, etc. Su desconocimiento no nos exime de ninguna responsabilidad, de ahí que conocerla y sobre todo saber interpretarlas mejora nuestras actividades.
                Comprender sus características y su obligatoriedad evitará que faltemos a ellas y nos permitirá ser ejemplos de ciudadanos apegados y respetuosos del Derecho.

Fernando Mora